AVISOS LEGALES
CITACIÓN A JUNTA GENERAL ESPECIAL DE SOCIOS.
AVISOS LEGALES
EXTRACTO
Juzgado de Letras de Cañete, causa Rol V-94-2021, en autos voluntarios sobre
nombramiento de curador de bienes de ausentes, caratulado ‘GONZÁLEZ/’, mediante
sentencia definitiva de fecha 06 de septiembre de 2022, y de resolución de fecha 27 de
octubre del 2022, que la complementa, se designa a doña MARÍA ISABEL GONZÁLEZ
PADILLA, cédula de identidad N° 9.191.903-6, domiciliada en Esmeralda s/n Villa Las
Rivas, Contulmo, como curadora de los bienes del ausente don Juan De La Cruz González
Padilla cédula de identidad número 6.545.409-2, curaduría que cesará en los casos
previstos en el artículo 489 del Código Civil, y atendido lo dispuesto en el numeral 1 del
artículo 375 del Código Civil.
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Juzgado de Letras de Cañete, causa Rol V-94-2021, en autos voluntarios sobre
nombramiento de curador de bienes de ausentes, caratulado ‘GONZÁLEZ/’, mediante
sentencia definitiva de fecha 06 de septiembre de 2022, y de resolución de fecha 27 de
octubre del 2022, que la complementa, se designa a doña MARÍA ISABEL GONZÁLEZ
PADILLA, cédula de identidad N° 9.191.903-6, domiciliada en Esmeralda s/n Villa Las
Rivas, Contulmo, como curadora de los bienes del ausente don Juan De La Cruz González
Padilla cédula de identidad número 6.545.409-2, curaduría que cesará en los casos
previstos en el artículo 489 del Código Civil, y atendido lo dispuesto en el numeral 1 del
artículo 375 del Código Civil.
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Juzgado de Letras de Cañete, causa Rol V-94-2021, en autos voluntarios sobre
nombramiento de curador de bienes de ausentes, caratulado ‘GONZÁLEZ/’, mediante
sentencia definitiva de fecha 06 de septiembre de 2022, y de resolución de fecha 27 de
octubre del 2022, que la complementa, se designa a doña MARÍA ISABEL GONZÁLEZ
PADILLA, cédula de identidad N° 9.191.903-6, domiciliada en Esmeralda s/n Villa Las
Rivas, Contulmo, como curadora de los bienes del ausente don Juan De La Cruz González
Padilla cédula de identidad número 6.545.409-2, curaduría que cesará en los casos
previstos en el artículo 489 del Código Civil, y atendido lo dispuesto en el numeral 1 del
artículo 375 del Código Civil.
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