Hoy 21 de Mayo, este emblemático club de la calle Segundo de línea en Cañete cumple 100 años de vida, un aniversario distinto en tiempos de pandemia, pero con el mismo Amor y pasión de siempre.
Centro Social y Deportivo Caupolicán, la institución más antigua de Cañete fue fundado el 21 de mayo del año 1921, por 21 deportistas de la época que se reunieron en la casa de Don Pedro Aguayo Santos, primer presidente de la institución a las 17 horas del día indicado, para dar vida a esta institución que ellos denominaron Centro Social y Deportivo Caupolicán, en sus comienzos fue creada como entidad de socorros mutuos, donde se albergaron zapateros, albañiles, mueblistas etc. El año 1925 comienza a constituirse en una fuerza deportiva, conjuntamente con los clubes Comercio y Lautaro.
Don Pedro Aguayo Santos – Primer Presidente del Club.
El año 1927 gana el primer trofeo, una copa de plata que bautizaron con el nombre de “Fresia” en homenaje recordatorio a la mujer del Toqui. Demás está decir la alegría en tal celebración donde el vino se compraba por “Pipa”.
Copa “Fresia”
El año 1935 se constituye el club fundador de la “Liga de Deportes Cañete” conjuntamente con los clubes Alianza, Juvenil y Ferroviarios.
El año 1936 bajo la presidencia de Don Moisés Jana Guerra, se compró el bien raíz, de calle segundo de línea asignado con el N° 810, un sitio de 20 x 40 mts. , se habilitó aquí una cancha de básquetbol con piso de tierra y es escenario del primer campeonato provincial de este deporte.
El año 1947 bajo la presidencia de Don Ernesto González Araneda, se construye en su terreno la primera Sede Social de un club deportivo de Cañete, cuyos trabajos son encomendados a la Empresa constructora de Don Juan Gallardo Bertiola, también socio fundador del club.
Directivos de Caupolicán y el Ofeón de Cañete en las afueras de la sede social del Club
El año 1957 bajo la presidencia de Don Reinaldo Correa Fulón, se obtiene gracias a la destacada labor de los socios señores Carlos Abarzúa Ceballos y Manuel Mora Pavés, la Personería Jurídica por Decreto Supremo N° 4191.
Entre los años 1951 – 66 Club Caupolicán es campeón en primera serie, 16 años consecutivos en los campeonatos organizados por la asociación de fútbol de Cañete.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Ricardo Piña Vallejos (presidente) y Marcos Pincheira Barrios– aplicó al sentenciado, además, las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las respectivas condenas.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cañete condenó a un hombre a la pena única de 20 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado y reiterado de violación impropia y el delito consumado de abuso sexual de menor de 14 años. Además, le impuso las penas de 4 años como autor del delito consumado de abuso sexual indirecto y la de 541 días como autor del delito consumado de almacenamiento malicioso de material pornográfico infanto-juvenil. Ilícitos perpetrados entre 2008 y 2020, en la comuna.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Ricardo Piña Vallejos (presidente) y Marcos Pincheira Barrios– aplicó al sentenciado, además, las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las respectivas condenas.
Asimismo, lo condenó a la pena de inhabilitación absoluta perpetua para empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad. Adicionalmente, se decretó como medida de protección de las ofendidas, la contenida en el artículo 372 ter del Código Penal, prohibición de acercarse a las víctimas o a sus domicilios por el mismo lapso de la pena privativa de libertad impuesta.
El tribunal también impuso al condenado las penas accesorias del artículo 370 bis y 372 del Código Penal, consistente en la privación de la patria potestad o su inhabilitación para obtenerla si no la tuviere, como también la privación de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confieren respecto de la persona y bienes del ofendido; la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal. Esta sujeción consistirá en informar a Carabineros cada tres meses su domicilio. El incumplimiento de esta obligación configurará la conducta establecida en el artículo 496 Nº 1 del Código Penal.
Finalmente, se decretó el comiso de los aparatos electrónicos en que el individuo almacenó y/o grabó el material pornográfico infanto-juvenil.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en días y horas no determinadas desde el año 2008 y hasta el 1 de noviembre de 2020, materializó los citados delitos de carácter sexual en contra de su hija y otras dos niñas.
Dos viviendas destruidas y una tercera con daños dejó un nuevo ataque incendiario registrado la madrugada de este martes en la comuna de Cañete, en la región del Bío Bío.
Esto ocurrió en el Mirador de Peleco, a unos ocho kilómetros del casco urbano de la comuna. Vecinos del sector reportaron que previo al ataque se escucharon disparos.
En el sitio se encontró un lienzo reivindicatorio mapuche.
La primera casa completamente destruida pertenece a la familia Fica. La segunda vivienda, que estaba deshabitada desde hace tiempo, es propiedad de una familia de apellido Parra.
El tercer inmueble fue salvado por los arrendatarios, quienes lograron regresar a tiempo.
Hasta el lugar llegó personal de Control y Orden Público de Carabineros, además de Bomberos.
El comandante Patricio Gómez, de la Tercera Comisaría de Cañete, confirmó que al llegar al sitio del ataque se percataron de la intervención de terceras personas.
El delegado presidencial para la provincia de Arauco, Humberto Toro, añadió que también se encontró un cargador de arma con balas. “Como Gobierno seguimos insistiendo, nuestra solidaridad, nuestro apoyo y nuestra persecución del marco de los derechos, de la democracia”, enfatizó el delegado.
Desde Hoy la señora Raquel Garcia GAStamenos, saludamos a la primera beneficiaria del programa Paillaco GAStaMenos, quien adquirió su vale de recarga de gas 15 kg a sólo $16.195.
¿Cuáles son los Valores? 0% a 40% RSH: 💰𝟭𝟲.𝟭𝟵𝟱 (con 10% de subsidio municipal incluido) 41% a 60% RSH: 💰𝟭𝟳.𝟬𝟵𝟰 (con 5% de subsidio municipal incluido) 61% a 100% RSH: 💰𝟭𝟳.𝟱𝟰𝟰 (con 2,5% de subsidio municipal incluido) *Los valores variarán permanentemente según el precio al que el municipio adquiera los vales de gas en Mercado Público. ¿Cuantos Vales se puede Solicita𝗿? Familias de hasta 4 integrantes: 1 vale de gas al mes Familias de 5 integrantes o más : Hasta 2 vales de gas al mes
¿ Qué requisitos debe cumplir para solicitar este beneficio? Tener Registro Social de Hogares vigente en la comuna de Paillaco Presentar cédula de identidad al momento de hacer la compra.